EL DERECHO HUMANO A LA SALUD, ¿QUÉ
IMPLICA?
OBJETIVOS:
- Comprender
la salud como derecho humano
- Aproximarse
al contenido del derecho a la salud
- Comprender
la relación entre las obligaciones a cargo del Estado y las violaciones del
humano a la salud
- Identificar
los órganos y entes responsables de respetar, proteger y satisfacer el derecho
a la salud
- Identificar
estrategias de exigibilidad del derecho a la salud
CARACTERÍSTICAS:
ü Interdependiente e indivisible
ü Individual y socia
ü Irrenunciable
PRINCIPIOS:
ü Equidad
ü Progresividad
ü Irreversibilidad
ü Gratuidad
ü Participación
COMPONENTES DEL DERECHO
HUMANO A LA SALUD:
1. Disponibilidad:
Nº suficiente de establecimientos,
bienes y servicios (programas) salud
Nº suficientes de servicios de salud
con condiciones sanitarias adecuadas
Nº suficientes de servicios básicos sanitarios,
incluido el acceso a agua limpia potable
Nº suficiente de profesionales y técnicos
de salud
Medicamentos esenciales suficientes (listado de la OMS)
2. Accesibilidad: cuatro dimensiones
No discriminación:
§ Acceso universal a los
establecimientos, bienes y servicios de salud (factores determinantes de la
salud y asistencia a la salud) sin discriminación alguna
§ Discriminación positiva (grupos en situación
de vulnerabilidad)
Accesibilidad física:
§ Los establecimientos, bienes y
servicios de salud deben estar al alcance de todos y todas y, en especial a los
grupos más vulnerables
Accesibilidad económica:
§ Los establecimientos, bienes y
servicios de salud deben ser asequibles a todos y todas y, en especial a los
grupos más vulnerables (equidad en el acceso)
Acceso a la información:
§ Derecho de solicitar, recibir y
difundir información sobre cuestiones de
salud.
3. Aceptabilidad:
§ Los establecimientos, bienes y
servicios de salud deben ser respetuosos de la ética médica y culturalmente
apropiados
§ Respetuosos de la cultura
§ Respetuosos de las minorías y grupos
en situación de vulnerabilidad
§ Sensibles a los requisitos de género
y ciclos de vida
§ Respetuosos de la confidencialidad de
informaciones médicas
4. Calidad:
§ Los establecimientos, bienes y
servicios de salud (factores determinantes de la salud y asistencia a la salud)
deben ser de calidad
§ Personal de salud capacitado y bien
remunerado
§ Equipos médicos aceptables y en buen
funcionamiento
§ Dotación regular de insumos y
medicamentos de calidad (desde un punto de vista científico)
§ Servicios básicos sanitarios
adecuados, con prestación continua
Obligaciones de los Estados
Art 2 del Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y
Culturales
·
Obligaciones
inmediatas
·
Obligaciones
de realización progresiva:
Limitaciones en el cumplimiento
(falta de recursos)
Excepciones (cumplimiento de
obligaciones mínimas)
Nota: toda regresión deliberada e injustificada es
una violación del derecho humano a la salud
Observación General 14 (Comité de Derechos Económicos Sociales y
Culturales)
La obligación de respetar prohíbe la contravención intencional de
provisiones del PDESC
·
La
obligación de proteger exige del Estado Parte Protección en el disfrute del
derecho frente a violaciones de terceros
· La obligación de cumplir exige del Estado la adopción de medidas (legislativas, financieras, judiciales, sociales, educativas) para el reconocimiento, protección y garantía del derecho
Obligación de respeto:
· Abstenerse
de denegar o limitar acceso a los bienes, servicios y establecimientos de salud
de todos y todas y, en especial perjuicio contra grupos más vulnerables
· Abstenerse
de aplicar prácticas discriminatorias frente a las necesidades de determinados
grupos y sectores
· Abstenerse
de prohibir cuidados preventivos en salud u otros servicios básicos sanitarios,
incluidos también prácticas tradicionales que, conlleve un riesgo innecesario a
la salud de la población y en especial a los grupos más vulnerables
·
Abstenerse de retener información vital para la protección
y tratamiento de la salud
·
Abstenerse
de obstaculizar la participación comunitaria en cuestiones de salud
·
Abstenerse de
adoptar leyes y políticas contrarias a la salud sexual y reproductiva
·
Abstenerse
de promover sustancias peligrosas para la salud
· Abstenerse de distribuir en forma inapropiada los recursos en salud
Obligación de protección
·
Adoptar
leyes u otras medidas (administrativas o judiciales) necesarias para proteger a
las personas frente a la acción de terceros que pretendas la privatización de
los bienes y servicios públicos de salud
·
Controlar
la comercialización de los medicamentos, insumos y quipos de salud por parte de
terceros
· Adoptar
medidas para buscar reducir la producción, comercialización y consumo de
sustancias peligrosas para la salud
· Asegurar
que los profesionales y técnicos de la salud cumplan con los requisitos de educación,
deontología y experiencia acorde con los cargos desempeñados
·
Adoptar
medidas de protección a la mujer contra la violencia
· Desarrollar leyes para la protección de la población contra la exposición de sustancias toxicas producidas por empresas nacionales e internacionales
Obligación de cumplir
· Reconocimiento
y desarrollo del derecho a la salud (en todos sus componentes) en el plano
legal, político y judicial
·
Garantizar
el acceso a planes y servicios de salud básicos (inmunizaciones y los factores
determinantes de la salud)
·
Asegurar
el acceso a una alimentación esencial mínima nutritiva, adecuada y segura
·
Incluir
en los servicios públicos la salud sexual y reproductiva
·
Asegurar
una formación integral y apropiada de los profesionales y técnicos de la salud
·
Facilitar
la distribución de medicamentos esenciales
·
Impartir
educación en salud y derechos humanos
·
Fomentar
la investigación científica
·
Prever,
tratar y combatir las enfermedades epidémicas y endémicas
·
Asegurar
una inversión pública en salud que sea suficiente, con distribución equitativa
de los recursos
Obligaciones básicas
Observación General 14 (CDESC)
· Garantizar
el derecho de acceso a los centros, bienes y servicios de salud con base en los
principios de no discriminación y equidad
· Asegurar
el acceso a una alimentación esencial mínima que sea nutritiva, adecuada y
segura
·
Garantizar
el acceso a un hogar, vivencias y condiciones sanitarias básicas
·
Facilitar
medicamentos esenciales
·
Velar
por una distribución equitativa de las instalaciones, bienes y servicios de
salud
·
Adoptar
una estrategia y plan de acción nacionales que responda frente a las
necesidades de salud de la población
Formas de violación del derecho humano a la salud
·
Violación
de las obligaciones de respeto al derecho a la salud
·
Violación
de las obligaciones de protección del derecho
·
Violación
de las obligaciones básicas de satisfacción del derecho
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