lunes, 12 de abril de 2021

 

LAS ORGANIZACIONES INDÍGENAS Y LA LUCHA POR LA DEFENSA DE SUS TERRITORIOS EN EL ESTADO AMAZONAS

Por: Alicia Moncada y Aimé Tillett

Tomado de La Iglesia en Amazonas Nº 68

 

El estado Amazonas proyecta el territorio venezolano hacia el sur, casi hasta la línea ecuatorial, haciéndonos parte de la cuenca amazónica. La entidad fronteriza colinda por el este y el sur con Brasil y por el oeste con Colombia, y es la segunda a nivel nacional en extensión geográfica; sus 177.617 Km2 la hacen mayor que Uruguay, Grecia, Corea del Norte o Cuba. Su variado relieve abarca llanuras, serranías, montañas y tepuyes que alcanzan hasta 3.800 m.s.n.m. Su extensa red hidrográfica incluye importantes ríos como el Orinoco, Ventuari, Guainía, Negro, Atabapo, Sipapo, Cataniapo, entre muchos más.

Su geografía está principalmente cubierta por formaciones boscosas con alta pluviosidad y ecosistemas con altos niveles de endemismo. Esto hace de Amazonas una de las regiones con mayor diversidad biológica a nivel nacional, contando además con numerosas y amplias Áreas Bajo Régimen de Administración Especial establecidas como fi guras de protección ambiental, entre las que destacan: 5 Parques Nacionales, 10 Monumentos Naturales, 1 Reserva Forestal, 1 Zona Protectora y 1 Reserva de Biósfera. De acuerdo al censo del año 2011, la población total es de 146.480 habitantes, de los cuales 76.314 son indígenas, representando el 53,87 % de la población, lo que la convierte en la entidad federal con mayor proporción de población indígena del país, amén de su diversidad cultural, estando habitada por 20 pueblos indígenas, a saber: Baniva, Baré, E’ñepa, Inga, Jivi, Jodi, Kubeo, Kurripako, Mako, Mapoyo, Piapoko, Piaroa, Puinave, Sáliva, Sanema, Warekena, Yanomami, Yabarana, Ye’kuana y Yeral.

Las luchas de los pueblos indígenas de Amazonas en defensa de su sobrevivencia cultural y por la reivindicación de sus derechos territoriales se remontan a las décadas de 1970 y 1980, con las invasiones de terratenientes criollos en las sabanas de Kakurí, en el río Ventuari, en territorio Ye’kuana, así como en Valle Guanay en el alto Guaviarito, territorio Uwottüja (Piaroa), ambos en el municipio Manapiare. Estos casos fueron determinantes en la movilización y reunión de líderes y comunidades indígenas para la defensa de sus territorios y, más adelante, en la conformación de organizaciones indígenas de base como la Unión Maquiritare del Alto Ventuari (UMAV) y la Organización Indígena Pueblo Uwottüja del Sipapo (OIPUS), entre otras, como parte del movimiento indígena que se gestaba a nivel nacional y que logra forma definitiva en 1989 con el Consejo Nacional Indio de Venezuela (CONIVE). La Organización Regional de los Pueblos Indígenas de Amazonas (ORPIA) fue creada jurídicamente en septiembre de 1993 como resultado de la protesta por la exclusión de los indígenas en la definición de la Ley de División Político-Territorial del recién creado Estado Amazonas, ganando la demanda introducida ante la Corte Suprema de Justicia. La Masacre de Haximú ocurrida en julio de 1993 y en la que 16 indígenas fueron asesinados por mineros ilegales o garimpeiros, en una comunidad yanomami ubicada muy cerca de la frontera con Brasil, llamó la atención a nivel nacional e internacional sobre la invasión a gran escala de mineros ilegales provenientes de Brasil, que se desbordó hacia Venezuela con grandes impactos –que persisten aún hoy- en la salud de las comunidades indígenas y los ecosistemas amazónicos1.

La conquista jurídica de los derechos territoriales indígenas

A partir del proceso constituyente de 1999, Venezuela se define como un país multiétnico y pluricultural, que reconoce y garantiza la existencia de los pueblos y comunidades indígenas. La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV) de 1999 y un conjunto de instrumentos legales garantizan un amplio marco de derechos específicos y representan innegables avances históricos en las luchas del movimiento indígena. Por primera vez en la historia nacional se impulsó la participación de representantes indígenas en espacios de poder y cargos de elección popular, las instituciones procuraron adaptarse a la nueva normativa, y se creó el Ministerio del Poder Popular para los Pueblos Indígenas (MINPI), como órgano rector de la política pública en el  ámbito indígena. Los derechos territoriales de los pueblos indígenas están plenamente reconocidos en el Capítulo VIII de la CRBV. El artículo 119 establece que: El Estado reconocerá la existencia de los pueblos y comunidades indígenas, su organización social, política y económica, sus culturas, usos y costumbres, idiomas y religiones, así como su hábitat y derechos originarios sobre las tierras que ancestral y tradicionalmente ocupan y que son necesarias para desarrollar y garantizar sus formas de vida. Corresponderá al Ejecutivo Nacional, con la participación de los pueblos indígenas, demarcar y garantizar el derecho a la propiedad colectiva de sus tierras, las cuales serán inalienables, imprescriptibles, inembargables e intransferibles de acuerdo con lo establecido en esta Constitución y en la ley.

Esta disposición acentúa la importancia del territorio para el bienestar material, social, económico y espiritual de los pueblos indígenas, siendo el espacio físico y simbólico que le da sustento a las identidades étnicas, cosmovisiones y modos de vida; precisamente porque las culturas indígenas son reflejo de su territorialidad. El artículo también establece el deber del Estado de demarcar y garantizar el derecho a la propiedad colectiva de los hábitats y tierras, lo que implica el reconocimiento de la relación originaria o aborigine de los pueblos indígenas con sus territorios. La demarcación es un imperativo constitucional que busca saldar la deuda histórica de la Nación venezolana con sus habitantes originarios, y obliga al Ejecutivo nacional a delimitar, junto a los pueblos indígenas, el espacio donde hacen vida, proceso que está regulado por la Ley de Demarcación y Garantía del Hábitat y Tierras de los Pueblos Indígenas (2000) y por la Ley Orgánica de Pueblos y Comunidades Indígenas (2005).

Aunque la CRBV señala que la demarcación debe ser realizada por el Ejecutivo Nacional, con la participación de los pueblos indígenas, en la Ley de Demarcación también se reconoce la posibilidad de que los propios pueblos y organizaciones indígenas presenten sus proyectos de autodemarcación. En vista de la falta de avances en el ejercicio efectivo de este derecho, particularmente en el estado Amazonas, las organizaciones indígenas optaron por la estrategia de realizar y presentar sus propios proyectos de autodemarcación ante la Comisión Regional de Demarcación del Hábitat y Tierras Indígenas para ser convalidados oficialmente dentro del proceso nacional de demarcación.

El movimiento indígena amazónico reactiva su agenda de lucha

Para el año 2010, a una década del nacimiento de la CRBV, el avance e implementación de los derechos territoriales indígenas era bastante limitado. El movimiento indígena se encontraba sin una agenda propia de lucha y con escasa independencia frente a la política gubernamental. El nacimiento de la indiocracia venezolana, caracterizada por la cooptación de líderes y lideresas del movimiento indígena, y –en el peor de los casos– la creación estatal de liderazgos artificiosos que carecen de legitimidad comunitaria, incidió en el aletargamiento de las  organizaciones indígenas de base. Este era el caso de ORPIA, que se encontraba inactiva, con la Junta Directiva vencida y absolutamente cooptada por la indiocracia. La falta de avances concretos en la implementación de sus derechos –especialmente en materia de demarcación territorial– fue generando un clima de descontento entre los pueblos indígenas y sus organizaciones, desilusionados con el gobierno en el que habían cifrado sus esperanzas. Por su parte, el Gobierno nacional a través del MINPI venía desarrollando una política de corte asistencial y paternalista, obviando la propia visión y capacidad de las comunidades para la solución de sus problemas, cuestionando a las organizaciones indígenas y sus autoridades tradicionales, causando divisiones y conflictos. Esta situación impulsó en el 2010 a las organizaciones de base del estado Amazonas a tomar acciones para la reactivación y unificación del movimiento indígena amazónico en torno a una agenda de lucha común, desvinculada de los intereses del Estado Nación, centrada en la demarcación de los territorios, la defensa del bosque amazónico con la participación efectiva de las comunidades y el cuestionamiento a los mega proyectos extractivitas que durante ese año comenzaron a anunciarse (Arco Minero del Orinoco y Convenio con la empresa china Citic Group para la exploración y cuantificación de reservas minerales).


Un paso fundamental en esa dirección fue la configuración de la Coordinadora de Organizaciones Indígenas de la Amazonía Venezolana (COIAM) en el año 2012, como un espacio permanente de diálogo, articulación y toma de decisiones consensuadas en el que participan alrededor de una veintena de organizaciones indígenas; otro paso importante ha sido la reactivación de ORPIA, a partir de septiembre del 2013, por su rol de organización regional y su vínculo con la Coordinadora de Organizaciones Indígenas de la Cuenca Amazónica (COICA). Con base en esta plataforma organizativa y una agenda de lucha definida, se han desarrollado una serie de actividades, estrategias y pronunciamientos que buscan posicionar en la opinión pública las reivindicaciones del movimiento indígena. Así mismo, desde el año 2014 las organizaciones de mujeres como Wanaaleru y OMIDA han comenzado un trabajo de visibilización de las consecuencias socioambientales de la minería ilegal y otros problemas que afectan especialmente a las mujeres, adolescentes y niñas indígenas.

 Entre los pronunciamientos más importantes de las organizaciones indígenas amazónicas referentes a la demarcación se cuentan los de marzo, abril y mayo de 2011, relacionados con el decreto presidencial Nº 7.855 (26/11/10) que reestructuraba y reorganizaba la Comisión Nacional de Demarcación de Hábitat y Tierras Indígenas; en agosto de 2012, sobre las actuaciones de la Comisión Regional de Demarcación del Estado Amazonas que vulneraban los derechos constitucionales indígenas, donde se señaló la forma apresurada e inconsulta en que se estaban aprobando los informes técnicos sin tomar en cuenta las propuestas de autodemarcación (por ejemplo, el pueblo Jotï vio reducida la superficie de su solicitud en un 42,2 %); y en noviembre de 2014, sobre el balance del proceso nacional de demarcación al cumplirse 15 años de aprobada la CRBV, manifestando que “faltaría por demarcar el 87,6 % de los hábitat y tierras indígenas” del país, evidenciando que “falta de voluntad política con relación al desarrollo del proceso de demarcación”. Los pronunciamientos y acciones contra la minería legal e ilegal en los territorios indígenas han sido otra prioridad para el movimiento indígena de Amazonas. Entre los más relevantes podemos señalar el de agosto del 2012 donde se denunciaba la presunta masacre de indígenas yanomami en la comunidad Irotatheri cometida por garimpeiros brasileños; y en septiembre, un segundo comunicado donde exigieron que se continuara con la investigación hasta llegar a la comunidad Irotatheri.

Desde el 2012 hasta el 2016, la COIAM se pronunció en cuatro comunicados en relación a la minería ilegal y la inoperancia estatal para controlarla, en lo que se incluye una comunicación dirigida al Presidente de la República, Nicolás Maduro, manifestando preocupación por el incremento de esta actividad ilícita en zonas protegidas, la destrucción de grandes extensiones de selva, la alteración de cauces de ríos y la contaminación con mercurio. Es importante recordar que la COIAM tomó una firme postura en el año 2013 contra la implementación del Arco Minero del Orinoco y el acuerdo con la empresa china Citic Group, solicitando al Gobierno nacional tanto la moratoria de los proyectos mineros como una revisión profunda de la política minera y ambiental. En junio del 2014 realizaron un pronunciamiento sobre la promulgación del Decreto N° 841, que creaba la Comisión Presidencial para la Protección, el Desarrollo y Promoción Integral de la Actividad Minera Lícita en la Región Guayana, que buscaría implementar el llamado Arco Minero del Orinoco, donde expresaron su preocupación por la falta de consulta previa e informada a los pueblos indígenas afectados, y solicitaron al Gobierno nacional una moratoria de la actividad minera al sur del Orinoco.

Logros, amenazas y retos de las organizaciones indígenas de Amazonas

Uno de los principales logros de las organizaciones indígenas de Amazonas en la reivindicación de sus derechos territoriales, ha sido la elaboración y presentación, ante la Comisión Regional de Demarcación, de sus proyectos de autodemarcación territorial. Estos han sido los casos de los Ye’kuana del Alto Orinoco a través de su organización Kuyujani Originario, que definió su autodemarcación desde la primera mitad de los años 1990; la autodemarcación Uwottüja de la cuenca del río Sipapo, llevada adelante por la organización OIPUS; la autodemarcación multiétnica Yabarana-Piaroa-PanareJotï del Sector Parucito-Manapiare-Yutajé, presentada por la Organización Yabarana del Río Parucito, Manapiare (OIYAPAM); la demarcación multiétnica del Municipio Atures, presentada por la Confederación Indígena Bolivariana de Amazonas (COIBA); el proyecto de autodemarcación del pueblo Jotï; la autodemarcación de los Ye’kuana del Alto Ventuari, presentada por la organización Kuyunu; la autodemarcación del territorio Yanomami, presentada por la organización Horonami, entre otras. De todas estas solicitudes, la única demarcación reconocida y titulada ha sido la del pueblo Jotï, aunque el título adolece de fallas y la superficie demarcada es muy inferior a la solicitada en el proyecto original. Es importante señalar que la mayoría de estos procesos –que suelen ser largos, complicados y costosos– los han realizado los indígenas con sus propios recursos, muchas veces sin apoyo de las instituciones gubernamentales responsables de la demarcación.

El apoyo de varias instituciones y aliados de las organizaciones indígenas ha sido importante en este sentido: entre estos podemos señalar el Centro de Antropología del IVIC, la UCV, la UNEG, la Asociación Otro Futuro, el Centro de Educación Para la Autogestión Indígena – CEPAI, el Grupo de Trabajo Socioambiental de la Amazonía, Wataniba, y otros. Un importante logro ha sido la visibilización ante la opinión pública –a través de comunicados y otras acciones–, de las amenazas vinculadas a la minería ilegal y la compleja problemática asociada a la economía minera, sus relaciones con actores armados no estatales que se identifican como integrantes de las FARC y el ELN, y la implicación de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana. Además, han señalado otros aspectos vinculados a la economía minera que no son generalmente tomados en cuenta, tales como la trata de mujeres con fines de explotación sexual en zonas de extracción; el contrabando de combustibles, medicamentos y alimentos que nutren los campamentos mineros; la severa contaminación de las cuencas hidrográficas y los graves daños al bosque amazónico; todo ello invisibilizado por el Estado y sus entes competentes. Una de las mayores amenazas que enfrentan las organizaciones indígenas de Amazonas se relaciona precisamente con el peligro que corren, en sus territorios, al denunciar la presencia y las actividades ilícitas de los actores armados no estatales, y de la propia FANB. El gran reto que tienen por delante las organizaciones indígenas es la reactivación del proceso nacional de demarcación, frente a la amenaza que representa el mega proyecto del Arco Minero del Orinoco, en tiempos de una Asamblea Nacional Constituyente, sin una agenda clara sobre el futuro de los derechos indígenas, debido a su filiación con una indiocracia que responde a los intereses económicos del Ejecutivo Nacional. Asimismo, enfrentan la poderosa incidencia de ciertos intelectuales de izquierda y representantes del estamento militar –con gran influencia en el ámbito gubernamental–, que continúan anclados en el paradigma de la nación homogénea (monoétnica, monocultural y  monolingüe). Personajes que siguen viendo en las reivindicaciones territoriales de los pueblos indígenas, una amenaza a la integridad del Estado nacional y a la “cultura nacional” mestiza.

Fuentes consultadas

ARVELO-JIMÉNEZ, NELLY. JIMÉNEZ SIMEÓN (Eds.). Atlas Dekuana. S.L.: Asociación Kuyujani Originario y Asociación Otro Futuro. 2001.  BELLO, LUIS. Derechos de los pueblos indígenas en el nuevo ordenamiento jurídico venezolano. Copenhague: IWGIA. 2005. BELLO, LUIS. El reconocimiento constitucional de la existencia de los pueblos y comunidades indígenas y de los derechos originarios sobre las tierras que ocupan. En: Bello, Luis (Ed.). El Estado ante la Sociedad Multi étnica y Pluricultural. Políticas Públicas y Derechos de los Pueblos Indígenas en Venezuela (19992010). Caracas: Wataniba; Copenhague: IWGIA. 2011. CONDE, AMELIA. MONCADA ALICIA. Memorias del Segundo Congreso de Mujeres Indígenas de Autana. Puerto Ayacucho: Ediciones Wanaaleru. 2014. Disponible en: https://wanaaleru. wordpress.com/2016/04/08/omidapublicamemorias-de-la-segunda-asamblea-de-mujeres-indigenas-de-autana/. LABORATORIO DE PAZ. Diagnóstico sobre el derecho a la asociación indígena en Venezuela. S.L.: Laboratorio de Paz. S/F. Disponible en: http:// laboratoriosdepaz.org/wp-content/uploads /2014/10/diagnostico_indigena.pdf.

No hay comentarios:

Publicar un comentario