LAS ORGANIZACIONES INDÍGENAS Y LA LUCHA POR LA DEFENSA DE SUS
TERRITORIOS EN EL ESTADO AMAZONAS
Tomado de La Iglesia en Amazonas Nº 68
El estado Amazonas proyecta el
territorio venezolano hacia el sur, casi hasta la línea ecuatorial, haciéndonos
parte de la cuenca amazónica. La entidad fronteriza colinda por el este y el
sur con Brasil y por el oeste con Colombia, y es la segunda a nivel nacional en
extensión geográfica; sus 177.617 Km2 la hacen mayor que Uruguay, Grecia, Corea
del Norte o Cuba. Su variado relieve abarca llanuras, serranías, montañas y
tepuyes que alcanzan hasta 3.800 m.s.n.m. Su extensa red hidrográfica incluye
importantes ríos como el Orinoco, Ventuari, Guainía, Negro, Atabapo, Sipapo,
Cataniapo, entre muchos más.
Su geografía está principalmente
cubierta por formaciones boscosas con alta pluviosidad y ecosistemas con altos
niveles de endemismo. Esto hace de Amazonas una de las regiones con mayor
diversidad biológica a nivel nacional, contando además con numerosas y amplias
Áreas Bajo Régimen de Administración Especial establecidas como fi guras de protección
ambiental, entre las que destacan: 5 Parques Nacionales, 10 Monumentos
Naturales, 1 Reserva Forestal, 1 Zona Protectora y 1 Reserva de Biósfera. De
acuerdo al censo del año 2011, la población total es de 146.480 habitantes, de
los cuales 76.314 son indígenas, representando el 53,87 % de la población, lo
que la convierte en la entidad federal con mayor proporción de población
indígena del país, amén de su diversidad cultural, estando habitada por 20
pueblos indígenas, a saber: Baniva, Baré, E’ñepa, Inga, Jivi, Jodi, Kubeo,
Kurripako, Mako, Mapoyo, Piapoko, Piaroa, Puinave, Sáliva, Sanema, Warekena,
Yanomami, Yabarana, Ye’kuana y Yeral.
Las luchas de los pueblos
indígenas de Amazonas en defensa de su sobrevivencia cultural y por la
reivindicación de sus derechos territoriales se remontan a las décadas de 1970
y 1980, con las invasiones de terratenientes criollos en las sabanas de Kakurí,
en el río Ventuari, en territorio Ye’kuana, así como en Valle Guanay en el alto
Guaviarito, territorio Uwottüja (Piaroa), ambos en el municipio Manapiare.
Estos casos fueron determinantes en la movilización y reunión de líderes y
comunidades indígenas para la defensa de sus territorios y, más adelante, en la
conformación de organizaciones indígenas de base como la Unión Maquiritare del
Alto Ventuari (UMAV) y la Organización Indígena Pueblo Uwottüja del Sipapo
(OIPUS), entre otras, como parte del movimiento indígena que se gestaba a nivel
nacional y que logra forma definitiva en 1989 con el Consejo Nacional Indio de
Venezuela (CONIVE). La Organización Regional de los Pueblos Indígenas de
Amazonas (ORPIA) fue creada jurídicamente en septiembre de 1993 como resultado
de la protesta por la exclusión de los indígenas en la definición de la Ley de
División Político-Territorial del recién creado Estado Amazonas, ganando la
demanda introducida ante la Corte Suprema de Justicia. La Masacre de Haximú
ocurrida en julio de 1993 y en la que 16 indígenas fueron asesinados por
mineros ilegales o garimpeiros, en una comunidad yanomami ubicada muy cerca de
la frontera con Brasil, llamó la atención a nivel nacional e internacional
sobre la invasión a gran escala de mineros ilegales provenientes de Brasil, que
se desbordó hacia Venezuela con grandes impactos –que persisten aún hoy- en la
salud de las comunidades indígenas y los ecosistemas amazónicos1.
La conquista jurídica de los derechos territoriales indígenas
A partir del proceso constituyente
de 1999, Venezuela se define como un país multiétnico y pluricultural, que
reconoce y garantiza la existencia de los pueblos y comunidades indígenas. La
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV) de 1999 y un
conjunto de instrumentos legales garantizan un amplio marco de derechos específicos
y representan innegables avances históricos en las luchas del movimiento
indígena. Por primera vez en la historia nacional se impulsó la participación
de representantes indígenas en espacios de poder y cargos de elección popular,
las instituciones procuraron adaptarse a la nueva normativa, y se creó el
Ministerio del Poder Popular para los Pueblos Indígenas (MINPI), como órgano
rector de la política pública en el
ámbito indígena. Los derechos territoriales de los pueblos indígenas
están plenamente reconocidos en el Capítulo VIII de la CRBV. El artículo 119
establece que: El Estado reconocerá la existencia de los pueblos y comunidades
indígenas, su organización social, política y económica, sus culturas, usos y
costumbres, idiomas y religiones, así como su hábitat y derechos originarios
sobre las tierras que ancestral y tradicionalmente ocupan y que son necesarias
para desarrollar y garantizar sus formas de vida. Corresponderá al Ejecutivo
Nacional, con la participación de los pueblos indígenas, demarcar y garantizar
el derecho a la propiedad colectiva de sus tierras, las cuales serán
inalienables, imprescriptibles, inembargables e intransferibles de acuerdo con
lo establecido en esta Constitución y en la ley.
Esta disposición acentúa la
importancia del territorio para el bienestar material, social, económico y
espiritual de los pueblos indígenas, siendo el espacio físico y simbólico que
le da sustento a las identidades étnicas, cosmovisiones y modos de vida;
precisamente porque las culturas indígenas son reflejo de su territorialidad. El
artículo también establece el deber del Estado de demarcar y garantizar el
derecho a la propiedad colectiva de los hábitats y tierras, lo que implica el
reconocimiento de la relación originaria o aborigine de los pueblos indígenas
con sus territorios. La demarcación es un imperativo constitucional que busca
saldar la deuda histórica de la Nación venezolana con sus habitantes
originarios, y obliga al Ejecutivo nacional a delimitar, junto a los pueblos
indígenas, el espacio donde hacen vida, proceso que está regulado por la Ley de
Demarcación y Garantía del Hábitat y Tierras de los Pueblos Indígenas (2000) y
por la Ley Orgánica de Pueblos y Comunidades Indígenas (2005).
Aunque la CRBV señala que la
demarcación debe ser realizada por el Ejecutivo Nacional, con la participación
de los pueblos indígenas, en la Ley de Demarcación también se reconoce la
posibilidad de que los propios pueblos y organizaciones indígenas presenten sus
proyectos de autodemarcación. En vista de la falta de avances en el ejercicio
efectivo de este derecho, particularmente en el estado Amazonas, las
organizaciones indígenas optaron por la estrategia de realizar y presentar sus
propios proyectos de autodemarcación ante la Comisión Regional de Demarcación
del Hábitat y Tierras Indígenas para ser convalidados oficialmente dentro del
proceso nacional de demarcación.
El movimiento indígena amazónico reactiva su agenda de lucha
Para el año 2010, a una década
del nacimiento de la CRBV, el avance e implementación de los derechos
territoriales indígenas era bastante limitado. El movimiento indígena se
encontraba sin una agenda propia de lucha y con escasa independencia frente a
la política gubernamental. El nacimiento de la indiocracia venezolana,
caracterizada por la cooptación de líderes y lideresas del movimiento indígena,
y –en el peor de los casos– la creación estatal de liderazgos artificiosos que
carecen de legitimidad comunitaria, incidió en el aletargamiento de las organizaciones indígenas de base. Este era el
caso de ORPIA, que se encontraba inactiva, con la Junta Directiva vencida y
absolutamente cooptada por la indiocracia. La falta de avances concretos en la
implementación de sus derechos –especialmente en materia de demarcación
territorial– fue generando un clima de descontento entre los pueblos indígenas
y sus organizaciones, desilusionados con el gobierno en el que habían cifrado
sus esperanzas. Por su parte, el Gobierno nacional a través del MINPI venía
desarrollando una política de corte asistencial y paternalista, obviando la
propia visión y capacidad de las comunidades para la solución de sus problemas,
cuestionando a las organizaciones indígenas y sus autoridades tradicionales,
causando divisiones y conflictos. Esta situación impulsó en el 2010 a las
organizaciones de base del estado Amazonas a tomar acciones para la
reactivación y unificación del movimiento indígena amazónico en torno a una
agenda de lucha común, desvinculada de los intereses del Estado Nación,
centrada en la demarcación de los territorios, la defensa del bosque amazónico
con la participación efectiva de las comunidades y el cuestionamiento a los
mega proyectos extractivitas que durante ese año comenzaron a anunciarse (Arco
Minero del Orinoco y Convenio con la empresa china Citic Group para la
exploración y cuantificación de reservas minerales).
Un paso fundamental en esa
dirección fue la configuración de la Coordinadora de Organizaciones Indígenas
de la Amazonía Venezolana (COIAM) en el año 2012, como un espacio permanente de
diálogo, articulación y toma de decisiones consensuadas en el que participan
alrededor de una veintena de organizaciones indígenas; otro paso importante ha
sido la reactivación de ORPIA, a partir de septiembre del 2013, por su rol de
organización regional y su vínculo con la Coordinadora de Organizaciones
Indígenas de la Cuenca Amazónica (COICA). Con base en esta plataforma organizativa
y una agenda de lucha definida, se han desarrollado una serie de actividades,
estrategias y pronunciamientos que buscan posicionar en la opinión pública las
reivindicaciones del movimiento indígena. Así mismo, desde el año 2014 las
organizaciones de mujeres como Wanaaleru y OMIDA han comenzado un trabajo de
visibilización de las consecuencias socioambientales de la minería ilegal y
otros problemas que afectan especialmente a las mujeres, adolescentes y niñas
indígenas.
Entre los pronunciamientos más importantes de
las organizaciones indígenas amazónicas referentes a la demarcación se cuentan
los de marzo, abril y mayo de 2011, relacionados con el decreto presidencial Nº
7.855 (26/11/10) que reestructuraba y reorganizaba la Comisión Nacional de
Demarcación de Hábitat y Tierras Indígenas; en agosto de 2012, sobre las
actuaciones de la Comisión Regional de Demarcación del Estado Amazonas que
vulneraban los derechos constitucionales indígenas, donde se señaló la forma
apresurada e inconsulta en que se estaban aprobando los informes técnicos sin
tomar en cuenta las propuestas de autodemarcación (por ejemplo, el pueblo Jotï
vio reducida la superficie de su solicitud en un 42,2 %); y en noviembre de
2014, sobre el balance del proceso nacional de demarcación al cumplirse 15 años
de aprobada la CRBV, manifestando que “faltaría por demarcar el 87,6 % de los
hábitat y tierras indígenas” del país, evidenciando que “falta de voluntad
política con relación al desarrollo del proceso de demarcación”. Los
pronunciamientos y acciones contra la minería legal e ilegal en los territorios
indígenas han sido otra prioridad para el movimiento indígena de Amazonas.
Entre los más relevantes podemos señalar el de agosto del 2012 donde se
denunciaba la presunta masacre de indígenas yanomami en la comunidad Irotatheri
cometida por garimpeiros brasileños; y en septiembre, un segundo comunicado
donde exigieron que se continuara con la investigación hasta llegar a la
comunidad Irotatheri.
Desde el 2012 hasta el 2016, la
COIAM se pronunció en cuatro comunicados en relación a la minería ilegal y la
inoperancia estatal para controlarla, en lo que se incluye una comunicación
dirigida al Presidente de la República, Nicolás Maduro, manifestando
preocupación por el incremento de esta actividad ilícita en zonas protegidas,
la destrucción de grandes extensiones de selva, la alteración de cauces de ríos
y la contaminación con mercurio. Es importante recordar que la COIAM tomó una firme
postura en el año 2013 contra la implementación del Arco Minero del Orinoco y
el acuerdo con la empresa china Citic Group, solicitando al Gobierno nacional
tanto la moratoria de los proyectos mineros como una revisión profunda de la
política minera y ambiental. En junio del 2014 realizaron un pronunciamiento
sobre la promulgación del Decreto N° 841, que creaba la Comisión Presidencial
para la Protección, el Desarrollo y Promoción Integral de la Actividad Minera
Lícita en la Región Guayana, que buscaría implementar el llamado Arco Minero
del Orinoco, donde expresaron su preocupación por la falta de consulta previa e
informada a los pueblos indígenas afectados, y solicitaron al Gobierno nacional
una moratoria de la actividad minera al sur del Orinoco.
Logros, amenazas y retos de las organizaciones indígenas de Amazonas
Uno de los principales logros de
las organizaciones indígenas de Amazonas en la reivindicación de sus derechos
territoriales, ha sido la elaboración y presentación, ante la Comisión Regional
de Demarcación, de sus proyectos de autodemarcación territorial. Estos han sido
los casos de los Ye’kuana del Alto Orinoco a través de su organización Kuyujani
Originario, que definió su autodemarcación desde la primera mitad de los años
1990; la autodemarcación Uwottüja de la cuenca del río Sipapo, llevada adelante
por la organización OIPUS; la autodemarcación multiétnica
Yabarana-Piaroa-PanareJotï del Sector Parucito-Manapiare-Yutajé, presentada por
la Organización Yabarana del Río Parucito, Manapiare (OIYAPAM); la demarcación
multiétnica del Municipio Atures, presentada por la Confederación Indígena
Bolivariana de Amazonas (COIBA); el proyecto de autodemarcación del pueblo
Jotï; la autodemarcación de los Ye’kuana del Alto Ventuari, presentada por la
organización Kuyunu; la autodemarcación del territorio Yanomami, presentada por
la organización Horonami, entre otras. De todas estas solicitudes, la única
demarcación reconocida y titulada ha sido la del pueblo Jotï, aunque el título
adolece de fallas y la superficie demarcada es muy inferior a la solicitada en
el proyecto original. Es importante señalar que la mayoría de estos procesos
–que suelen ser largos, complicados y costosos– los han realizado los indígenas
con sus propios recursos, muchas veces sin apoyo de las instituciones
gubernamentales responsables de la demarcación.
El apoyo de varias instituciones
y aliados de las organizaciones indígenas ha sido importante en este sentido:
entre estos podemos señalar el Centro de Antropología del IVIC, la UCV, la
UNEG, la Asociación Otro Futuro, el Centro de Educación Para la Autogestión
Indígena – CEPAI, el Grupo de Trabajo Socioambiental de la Amazonía, Wataniba,
y otros. Un importante logro ha sido la visibilización ante la opinión pública
–a través de comunicados y otras acciones–, de las amenazas vinculadas a la
minería ilegal y la compleja problemática asociada a la economía minera, sus
relaciones con actores armados no estatales que se identifican como integrantes
de las FARC y el ELN, y la implicación de la Fuerza Armada Nacional
Bolivariana. Además, han señalado otros aspectos vinculados a la economía
minera que no son generalmente tomados en cuenta, tales como la trata de
mujeres con fines de explotación sexual en zonas de extracción; el contrabando
de combustibles, medicamentos y alimentos que nutren los campamentos mineros;
la severa contaminación de las cuencas hidrográficas y los graves daños al
bosque amazónico; todo ello invisibilizado por el Estado y sus entes competentes.
Una de las mayores amenazas que enfrentan las organizaciones indígenas de
Amazonas se relaciona precisamente con el peligro que corren, en sus
territorios, al denunciar la presencia y las actividades ilícitas de los
actores armados no estatales, y de la propia FANB. El gran reto que tienen por
delante las organizaciones indígenas es la reactivación del proceso nacional de
demarcación, frente a la amenaza que representa el mega proyecto del Arco
Minero del Orinoco, en tiempos de una Asamblea Nacional Constituyente, sin una
agenda clara sobre el futuro de los derechos indígenas, debido a su filiación
con una indiocracia que responde a los intereses económicos del Ejecutivo
Nacional. Asimismo, enfrentan la poderosa incidencia de ciertos intelectuales
de izquierda y representantes del estamento militar –con gran influencia en el
ámbito gubernamental–, que continúan anclados en el paradigma de la nación
homogénea (monoétnica, monocultural y
monolingüe). Personajes que siguen viendo en las reivindicaciones
territoriales de los pueblos indígenas, una amenaza a la integridad del Estado
nacional y a la “cultura nacional” mestiza.
Fuentes consultadas
ARVELO-JIMÉNEZ, NELLY. JIMÉNEZ SIMEÓN (Eds.). Atlas Dekuana.
S.L.: Asociación Kuyujani Originario y Asociación Otro Futuro. 2001. BELLO, LUIS. Derechos de los pueblos
indígenas en el nuevo ordenamiento jurídico venezolano. Copenhague: IWGIA.
2005. BELLO, LUIS. El reconocimiento constitucional de la existencia de los
pueblos y comunidades indígenas y de los derechos originarios sobre las tierras
que ocupan. En: Bello, Luis (Ed.). El Estado ante la Sociedad Multi étnica y
Pluricultural. Políticas Públicas y Derechos de los Pueblos Indígenas en
Venezuela (19992010). Caracas: Wataniba; Copenhague: IWGIA. 2011. CONDE,
AMELIA. MONCADA ALICIA. Memorias del Segundo Congreso de Mujeres Indígenas de
Autana. Puerto Ayacucho: Ediciones Wanaaleru. 2014. Disponible en:
https://wanaaleru.
wordpress.com/2016/04/08/omidapublicamemorias-de-la-segunda-asamblea-de-mujeres-indigenas-de-autana/.
LABORATORIO DE PAZ. Diagnóstico sobre el derecho a la asociación indígena en
Venezuela. S.L.: Laboratorio de Paz. S/F. Disponible en: http://
laboratoriosdepaz.org/wp-content/uploads /2014/10/diagnostico_indigena.pdf.
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